El Gobierno de Canarias ha publicado en el Boc nº169, de 21/08/2020, la Resolución de 20 de agosto de 2020, por la que se aprueba la actualización de determinadas medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En los eventos multitudinarios, se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria, que deberá contar con la autorización de la Comunidad Autónoma. La solicitud de la actividad, deberá incluir un Plan de Prevención de Contagios, de acuerdo con los criterios establecidos en el siguiente documento: ”Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”.
En cuanto a los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, se establece el horario de cierre a las 01:00 horas máximo y no pueden admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.
Se establece también, el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
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