Hasta el 20 de octubre, tienen de plazo personas trabajadoras autónomas y empresas para liquidar impuestos y retenciones correspondientes al tercer trimestre del año 2022.
Los modelos a presentar, según cada caso, son los siguientes:
AUTOLIQUIDACIÓN DEL PAGO FRACCIONADO (IRPF)
>Pago trimestral correspondiente al tercer trimestre de 2022
Modelo 130 - en régimen de estimación simplificada
Modelo 131 - en régimen de estimación objetiva
>Retenciones practicadas
Modelo 111 - autónomos y pymes
Modelo 115 - por alquiler oficinas y locales
IMPUESTO GENERAL INDIRECTO (IGIC)
Modelo 420 - régimen general
Modelo 421 - régimen simplificado o módulos
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