Prórroga de ERTEs y ayudas a autónomos hasta el 30 de septiembre 2021

SAE LANZAROTE • 31 de mayo de 2021
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El acuerdo adoptado por el Gobierno de España extiende el período de ayudas por Covid_19, a pymes y autónomos hasta el 30 de septiembre de 2021


Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.


Este artículo sólo es un extracto de los aspectos más relevantes del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, por lo que se recomienda leer detenidamente y en su totalidad, el Real Decreto-ley.


V Acuerdo Social en Defensa del Empleo (ERTEs)


Artículo 1. Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor basados en causas relacionadas con la situación pandémica y medidas extraordinarias en materia de cotización.


Los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se prorrogarán automáticamente hasta el 30 de septiembre de 2021.


Asimismo, se entienden prorrogados los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, que se mantendrán vigentes, en los términos recogidos en las correspondientes resoluciones estimatorias, expresas o por silencio administrativo.


No obstante, desde el 1 de junio de 2021 y hasta el 30 de septiembre de 2021, resultarán aplicables a dichos expedientes de regulación temporal de empleo los porcentajes de exoneración recogidos en el apartado 4 de este artículo, para los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, o en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.




Medidas para la protección de los trabajadores autónomos

 

Artículo 5. Exención en la cotización a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.


A partir del 1 de junio de 2021, los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que estuvieran de alta en estos regímenes y vinieran percibiendo el 31 de mayo alguna de las prestaciones por cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social y formación profesional con las siguientes cuantías:


a) 90% de las cotizaciones correspondientes al mes de junio.

b) 75% de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.

c) 50% de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.

d) 25% de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre.



Artículo 6. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19.


A partir del 1 de junio de 2021, los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención en la propagación del virus COVID-19, o mantengan por los mismos motivos la suspensión de su actividad iniciada con anterioridad a la fecha indicada, tendrán derecho a una prestación económica por cese de actividad de naturaleza extraordinaria, en los términos que se establecen en este precepto, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:


a) Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al menos treinta días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde la suspensión de la actividad y, en todo caso, antes de la fecha de inicio de la misma cuando esta se hubiese decretado con anterioridad al 1 de junio de 2021.


b) Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas. La regularización del descubierto producirá plenos efectos para la adquisición del derecho a la protección.


La cuantía de la prestación será del 70% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada.


El reconocimiento de la prestación deberá solicitarse:

  1. dentro de los primeros 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor del acuerdo o resolución de cierre de actividad.
  2. o antes del 21 de junio cuando la suspensión de actividad se hubiera acordado con anterioridad al 1 de junio de 2021 y no se estuviera percibiendo la prestación extraordinaria contemplada en el artículo 5 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.


En el caso de que la solicitud se presente fuera del plazo establecido, el derecho a la prestación se iniciará el primer día del mes siguiente al de la solicitud. En estos casos, el trabajador autónomo quedará exento de la obligación de cotizar desde el día que tenga derecho a percibir la prestación.


Artículo 7. Prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.


A partir del 1 de junio de 2021, los trabajadores autónomos que a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia regulada en el artículo 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero y no hubieran agotado los periodos de prestación previstos en el artículo 338.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, podrán continuar percibiéndola hasta el 30 de septiembre de 2021, siempre que, durante el segundo y tercer trimestre de 2021, cumplan los requisitos que se indican en este precepto.


Artículo 8. Prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que ejercen actividad y a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo y no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista en el artículo 7 de este real decreto-ley.


Los trabajadores autónomos que ejercen actividad y a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero y no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista en el artículo anterior podrán acceder, a partir de 1 de junio de 2021, a la prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria prevista en este artículo, siempre que reúnan una serie de requisitos.


Este artículo sólo es un extracto de los aspectos más relevantes del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, por lo que se recomienda leer detenidamente y en su totalidad, el Real Decreto-ley.


Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.




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La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL), Beatriz Salazar, se reunió hoy con representantes de las asociaciones de comerciantes más representativas de la isla, con el objetivo de impulsar la creación de una plataforma a través de la cual afrontar los desafíos a los que se enfrenta el pequeño y mediano comercio local. También participaron en el encuentro el vicepresidente de la CEL, Francisco Martínez, así como representantes de las principales asociaciones de comercio de Lanzarote. Beatriz Salazar contextualizó la importancia de esta iniciativa en el hecho de que “se ha detectado con preocupación un descenso progresivo en el número de empresas y autónomos vinculados al comercio, una tendencia que obedece a factores estructurales y que exige una respuesta coordinada e inmediata”. “Nuestro objetivo es propiciar un espacio de conexión entre asociaciones del sector, fomentar sinergias y poner en marcha fórmulas de cooperación que permitan afrontar los retos actuales y evitar que más empresas desaparezcan del tejido empresarial de la isla”, dijo y añadió que es esencial “pasar a la acción ante una realidad que compromete el tejido comercial de la isla y, con ello, el empleo, el bienestar y la actividad económica general”. La presidenta destacó que entre los desafíos identificados se encuentran la necesidad urgente de impulsar la innovación empresarial, avanzar en la digitalización, y hacer frente a una competencia creciente, tanto online como presencial, que en muchos casos ofrece productos a muy bajo coste y en condiciones que dificultan la competitividad del comercio local.
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Llega el momento de rendir cuentas del segundo trimestre del año 2025 ante Hacienda así que te dejamos este resumen a modo de recordatorio fiscal resaltando las diferentes fechas límite para la presentación o liquidación, según el modelo. Autoliquidación del pago fraccionado (IRPF) Pago trimestral correspondiente al 2º trimestre de 2025 (hasta el 21 de julio 2025) Modelo 130 - en régimen de estimación simplificada Modelo 131 - en régimen de estimación objetiva Retenciones practicadas (hasta el 21 de julio 2025) Modelo 111 - autónomos y pymes Modelo 115 - por alquiler oficinas y locales Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) (hasta el 21 de julio 2025) Modelo 420 - régimen general Modelo 421 - régimen simplificado o módulos Ten en cuenta que el plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria es ligeramente distinto y finaliza antes de las fechas indicadas. Este Servicio de Asesoramiento Empresarial gratuito, es posible gracias a la colaboración y financiación del Cabildo de Lanzarote, a través del Área de Empleo
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La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote, Beatriz Salazar, explicó que, a día de hoy, que se ha logrado regularizar el 50% de las iniciativas recibidas a través del buzón de denuncias del Plan contra la Economía Sumergida, puesto en marcha gracias al apoyo del Cabildo insular. Destacó que se han canalizado hasta el momento 16 de las 32 iniciativas realizadas a través de este buzón anónimo, gracias al trabajo de acompañamiento y asesoramiento prestado desde este servicio. Este logro forma parte del Plan de Actuación contra la Economía Sumergida, una iniciativa pionera que tiene como objetivo sensibilizar, asesorar y ayudar a todas aquellas personas y empresas que desarrollan su actividad al margen de la legalidad, ofreciéndoles orientación y apoyo para aflorar y adaptarse a la normativa vigente. Estas cifras consolidan al proyecto como una herramienta útil y cercana, permitiendo canalizar de forma eficaz situaciones irregulares y convertirlas en oportunidades de mejora y formalización para el tejido productivo insular. Todos los servicios del Punto de Asesoramiento a la Legalización se ofrecen de forma completamente gratuita, con un enfoque centrado en la colaboración, la responsabilidad compartida y el impulso de una economía más transparente, justa y competitiva. Desde la CEL se insiste en que la economía sumergida no solo genera competencia desleal, sino que debilita la capacidad recaudatoria de las administraciones públicas y pone en riesgo la seguridad y los derechos tanto de consumidores como de trabajadores. Además, se alerta de que casi un tercio de la actividad económica en Canarias se desarrolla actualmente fuera del control administrativo, lo que hace aún más urgente seguir trabajando en este tipo de actuaciones. La posibilidad de comunicar irregularidades a través del portal web ha permitido visibilizar muchas situaciones ocultas y poner en marcha un proceso de legalización ágil y eficaz. Desde la CEL se anima a seguir utilizando este canal de forma responsable, contribuyendo entre todos a construir una economía más sólida y equitativa en la isla de Lanzarote.
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No obstante, recuerda la necesidad de garantizar que se destinen a alquiler convencional de larga duración a través de rigurosos controles que eviten su uso turístico
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Lista de subvenciones
Por SAE Lanzarote 16 de mayo de 2025
La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL), Beatriz Salazar, mantuvo esta semana un encuentro institucional con la vicepresidenta del Cabildo de Lanzarote, María Jesús Tovar, con el objetivo de dar seguimiento a los proyectos de colaboración público-privada ya iniciados y avanzar en nuevas líneas de trabajo que den respuesta a los principales desafíos económicos y sociales de la isla. Durante la reunión, ambas responsables coincidieron en la importancia de mantener la cooperación establecida entre ambas entidades y destacaron los avances logrados en varios proyectos clave como la concienciación sobre los efectos de la economía sumergida, el apoyo a las pymes para su incorporación a la Formación Profesional Dual, la mejora de la cualificación en sectores estratégicos o la digitalización de los pequeños negocios, la innovación y la sostenibilidad. “Estamos convencidas de que la continuidad de estas iniciativas es fundamental para mejorar la competitividad de nuestras empresas y generar oportunidades reales de empleo”, explicó Beatriz Salazar, quien destacó también la necesidad de seguir ampliando la cartera de servicios de la CEL para acompañar al tejido empresarial en su adaptación a los nuevos retos. Por su parte, María Jesús Tovar puso en valor los resultados obtenidos hasta ahora y expresó el compromiso del Cabildo de seguir colaborando con la CEL en proyectos que redunden en beneficio del conjunto de la sociedad lanzaroteña. “La implicación de los empresarios es clave para afrontar con éxito los grandes retos de nuestra economía. Desde el Cabildo seguiremos apoyando iniciativas que fortalezcan al sector productivo y mejoren las condiciones de empleabilidad en la isla”, afirmó. Durante el encuentro, también se abordaron las acciones orientadas a mejorar la empleabilidad de los colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado laboral, especialmente los jóvenes y las personas mayores de 45 años. Ambas partes coincidieron en la necesidad de reforzar los programas de orientación, formación y recualificación adaptados a las demandas reales del tejido empresarial local. Asimismo, destacaron el buen funcionamiento del Servicio de Asesoramiento Empresarial de la CEL, una herramienta que ha demostrado ser clave en el acompañamiento a emprendedores y pymes en procesos como la constitución de empresas, la gestión de ayudas, la transformación digital y la sostenibilidad. Beatriz Salazar resaltó el alto nivel de satisfacción entre los usuarios del servicio y la creciente demanda de atención, lo que, en su opinión “confirma la utilidad de esta ventanilla única para canalizar iniciativas empresariales, resolver dudas y facilitar el día a día de quienes apuestan por crear empleo y generar valor en la isla”. Diagnóstico de los retos estructurales Además de revisar el estado de los proyectos en marcha, Salazar y Tovar abordaron en profundidad algunos de los principales obstáculos que limitan el desarrollo económico de la isla, como la simplificación administrativa, el alto absentismo laboral, la creciente dificultad para encontrar personal cualificado, adaptar la formación a la nueva realidad del mercado laboral o la escasez de vivienda, especialmente para trabajadores desplazados. Ambas coincidieron en que estos factores están afectando a la productividad y a la estabilidad del mercado laboral, y que requieren de una estrategia coordinada entre las administraciones y el tejido empresarial. “Es imprescindible que estas cuestiones formen parte de la agenda política y económica insular y regional, porque condicionan la sostenibilidad de nuestro modelo de desarrollo”, señaló la presidenta de la CEL. En este sentido, se acordó mantener un calendario de encuentros periódicos para continuar analizando las necesidades del tejido empresarial insular y trabajar coordinadamente para impulsar proyectos que permitan dar soluciones conjuntas para la generación de riqueza y bienestar, así como mejorar la productividad y competitividad de las empresas. Tanto desde la CEL como desde el Cabildo se reiteró la voluntad de seguir trabajando codo con codo en beneficio de la economía lanzaroteña y del bienestar de sus ciudadanos.
Por SAE Lanzarote 11 de abril de 2025
La presidenta de la CEL, Beatriz Salazar, mostró su satisfacción por los resultados de la iniciativa, que ayuda a las empresas a la contratación de personas desempleadas
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Finalizado el primer trimestre del año 2025, toca a empresas y personas trabajadoras autónomas liquidar los tributos correspondientes.
Por SAE Lanzarote 26 de marzo de 2025
La Consejería de Turismo y Empleo, a través del Servicio Canario de Empleo, ha publicado en el BOC nº 60, con fecha de 26 de marzo de 2025, la convocatoria de subvenciones para la promoción del empleo autónomo 2025 Le ofrecemos un resumen con los aspectos más relevantes de la subvención pero le recomendamos leer detenidamente las bases reguladoras , con el fin de valorar todos los detalles. El objetivo de estas subvenciones, del Servicio Canario de Empleo, es facilitar a las personas desempleadas demandantes de empleo su constitución como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia. ¿Quién se puede beneficiar de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo u otros servicios, no ocupadas, en el SCE, cuando se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA), en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia o Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional. La cuantía de la subvención , hasta un máximo de 6.500,00 euros, se graduará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: 1º Hombres desempleados en general 4.000,00 2º Hombre de 30 o menos años 4.500,00 3º Hombre con discapacidad 5.000,00 4º Hombre de 45 o más años 4.500,00 5º Mujeres desempleadas en general 5.000,00 6º Mujer de 30 o menos años 5.500,00 7º Mujer con discapacidad 6.000,00 8º Mujer de 45 o más años 5.500,00 Estas subvenciones son compatibles entre si y con el pago único. En este enlace, toda la información sobre el pago único y sobre cómo solicitarlo: https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-y-autonomos/capitaliza-tu-prestacion.html - - - Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Presidenta, por la que se efectúa para el año 2025 la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas mediante Orden de 27 de enero de 2025. ORDEN de 27 de enero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo, en régimen de concurrencia no competitiva.