Prórroga de ERTEs y ayudas a autónomos hasta el 30 de septiembre 2021

SAE LANZAROTE • 31 de mayo de 2021
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El acuerdo adoptado por el Gobierno de España extiende el período de ayudas por Covid_19, a pymes y autónomos hasta el 30 de septiembre de 2021


Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.


Este artículo sólo es un extracto de los aspectos más relevantes del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, por lo que se recomienda leer detenidamente y en su totalidad, el Real Decreto-ley.


V Acuerdo Social en Defensa del Empleo (ERTEs)


Artículo 1. Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor basados en causas relacionadas con la situación pandémica y medidas extraordinarias en materia de cotización.


Los expedientes de regulación temporal de empleo vigentes a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se prorrogarán automáticamente hasta el 30 de septiembre de 2021.


Asimismo, se entienden prorrogados los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, que se mantendrán vigentes, en los términos recogidos en las correspondientes resoluciones estimatorias, expresas o por silencio administrativo.


No obstante, desde el 1 de junio de 2021 y hasta el 30 de septiembre de 2021, resultarán aplicables a dichos expedientes de regulación temporal de empleo los porcentajes de exoneración recogidos en el apartado 4 de este artículo, para los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, o en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.




Medidas para la protección de los trabajadores autónomos

 

Artículo 5. Exención en la cotización a favor de los trabajadores autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.


A partir del 1 de junio de 2021, los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que estuvieran de alta en estos regímenes y vinieran percibiendo el 31 de mayo alguna de las prestaciones por cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, tendrán derecho a una exención de sus cotizaciones a la Seguridad Social y formación profesional con las siguientes cuantías:


a) 90% de las cotizaciones correspondientes al mes de junio.

b) 75% de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.

c) 50% de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.

d) 25% de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre.



Artículo 6. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19.


A partir del 1 de junio de 2021, los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención en la propagación del virus COVID-19, o mantengan por los mismos motivos la suspensión de su actividad iniciada con anterioridad a la fecha indicada, tendrán derecho a una prestación económica por cese de actividad de naturaleza extraordinaria, en los términos que se establecen en este precepto, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:


a) Estar afiliados y en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al menos treinta días naturales antes de la fecha de la resolución que acuerde la suspensión de la actividad y, en todo caso, antes de la fecha de inicio de la misma cuando esta se hubiese decretado con anterioridad al 1 de junio de 2021.


b) Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas. La regularización del descubierto producirá plenos efectos para la adquisición del derecho a la protección.


La cuantía de la prestación será del 70% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada.


El reconocimiento de la prestación deberá solicitarse:

  1. dentro de los primeros 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor del acuerdo o resolución de cierre de actividad.
  2. o antes del 21 de junio cuando la suspensión de actividad se hubiera acordado con anterioridad al 1 de junio de 2021 y no se estuviera percibiendo la prestación extraordinaria contemplada en el artículo 5 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero.


En el caso de que la solicitud se presente fuera del plazo establecido, el derecho a la prestación se iniciará el primer día del mes siguiente al de la solicitud. En estos casos, el trabajador autónomo quedará exento de la obligación de cotizar desde el día que tenga derecho a percibir la prestación.


Artículo 7. Prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.


A partir del 1 de junio de 2021, los trabajadores autónomos que a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia regulada en el artículo 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero y no hubieran agotado los periodos de prestación previstos en el artículo 338.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, podrán continuar percibiéndola hasta el 30 de septiembre de 2021, siempre que, durante el segundo y tercer trimestre de 2021, cumplan los requisitos que se indican en este precepto.


Artículo 8. Prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que ejercen actividad y a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo y no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista en el artículo 7 de este real decreto-ley.


Los trabajadores autónomos que ejercen actividad y a 31 de mayo de 2021 vinieran percibiendo alguna de las prestaciones de cese de actividad previstas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero y no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista en el artículo anterior podrán acceder, a partir de 1 de junio de 2021, a la prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria prevista en este artículo, siempre que reúnan una serie de requisitos.


Este artículo sólo es un extracto de los aspectos más relevantes del Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, por lo que se recomienda leer detenidamente y en su totalidad, el Real Decreto-ley.


Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.




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La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL), Beatriz Salazar, aseguró hoy que “es necesario dar una respuesta sostenida en el tiempo, que esté adaptada a la evolución de los mercados ante la posibilidad de que el conflicto se prolongue”. Si bien la máxima representante de los empresarios de la isla reconoce que las medidas del Gobierno de Canarias y del Ejecutivo central para contener el impacto económico de la guerra de Oriente Próximo sobre el Archipiélago son adecuadas, considera que estas deben ser continuamente evaluadas para garantizar su adecuación al contexto real de la economía canaria. “Nuestra condición de región ultraperiférica nos hace especialmente vulnerables a cualquier alteración en los mercados internacionales, por lo que es fundamental anticiparnos a lo que pueda ocurrir en el medio plazo”, alerta Beatriz Salazar. Además, advierte de que el conflicto bélico de Oriente Próximo está comenzando a trasladar sus efectos a la economía canaria, incrementando la presión sobre las familias y los sectores productivos de las islas. El principal impacto es el encarecimiento de la energía, que afecta directamente a los costes empresariales y reduce el poder adquisitivo de los hogares. “En un territorio como Canarias, altamente dependiente del exterior, esta situación tiene un efecto directo y amplificado sobre el conjunto de la actividad económica”, afirma. El aumento del precio del petróleo, con un incremento del 31% en el barril de Brent desde el inicio de las hostilidades, está encareciendo el transporte, la producción y, en última instancia, la cesta de la compra, según explican desde la patronal. En el caso del transporte aéreo, el aumento del combustible coincide con un periodo de alta demanda turística, lo que incrementa la presión sobre la rentabilidad de las compañías y pone en riesgo la conectividad de Canarias. Además, este contexto se produce en un momento de especial sensibilidad operativa en los aeropuertos canarios, con conflictos laborales activos que afectan a infraestructuras estratégicas como la de Lanzarote. “Otro ejemplo es que ya se ha paralizado gran parte de la producción mundial de fertilizantes, lo que introduce nuevas tensiones en el sector primario y anticipa un posible incremento en los precios de los alimentos”, explica la presidenta de la Confederación, haciendo hincapié en la influencia negativa de los conflictos bélicos internacionales para todos los sectores productivos. Además, Beatriz Salazar señala que estos factores comenzarán a reflejarse en los próximos datos de inflación, con un aumento del IPC de marzo de varias décimas, lo que supondrá una nueva pérdida de poder adquisitivo para las familias canarias. El encarecimiento energético está afectando de forma directa a la competitividad del tejido empresarial. Sectores como el transporte, el primario o la industria ven incrementados sus costes en un contexto de creciente incertidumbre.
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La Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL) ha manifestado su preocupación ante la situación generada por la huelga del personal del servicio de handling de la empresa Groundforce, que está afectando a la operativa del aeropuerto en uno de los periodos de mayor actividad del año para la isla, como es Semana Santa. En este sentido, la organización empresarial subraya la importancia estratégica del aeropuerto de Lanzarote como principal puerta de entrada de turistas y como infraestructura clave para la conectividad y el desarrollo económico insular. Por ello, advierte de que cualquier alteración en su funcionamiento tiene un impacto directo en el conjunto del tejido empresarial, especialmente en sectores como el turístico, el transporte y los servicios. La presidenta de la CEL, Beatriz Salazar, recuerda que “nos encontramos en un momento especialmente sensible para la economía de Lanzarote, en el que la estabilidad en la operativa aeroportuaria es fundamental para garantizar el normal desarrollo de la actividad turística y empresarial”. Por ello, apela a la responsabilidad de todas las partes implicadas para evitar que este conflicto tenga consecuencias mayores. “Desde la CEL defendemos el diálogo como herramienta fundamental para la resolución de conflictos laborales”, destaca. “Es necesario que empresa y plantilla acerquen posturas y trabajen en soluciones que permitan compatibilizar los derechos laborales con la garantía de un servicio esencial para la isla”, incide. Asimismo, Salazar recuerda que la calidad del destino turístico comienza desde la llegada del visitante, por lo que estas incidencias en el aeropuerto pueden afectar a la percepción global de Lanzarote. En este contexto, la CEL pone en valor la necesidad de reforzar la colaboración entre empresas, profesionales e instituciones públicas, con el objetivo de asegurar un entorno estable que favorezca la actividad económica y la generación de empleo en la isla. “Confiamos en que, desde el entendimiento y la responsabilidad, se pueda alcanzar muy pronto una solución que beneficie al conjunto de la sociedad”, concluye.
Por SAE Lanzarote 31 de marzo de 2026
La Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL) destaca el crecimiento del empleo femenino en la isla, que supera el ritmo del conjunto del archipiélago, y subraya el importante papel que ha desempeñado el acompañamiento de la CEL en el impulso del trabajo por cuenta propia, a través de proyectos estratégicos de asesoramiento y formación. El informe elaborado por la CEL dentro del proyecto ‘Empleabilidad Lanzarote 2025/2026’, indica que en febrero de 2026 había 4.925 mujeres cotizando por cuenta propia, lo que representa el 16% del empleo femenino en Lanzarote, más de tres puntos por encima de la media de Canarias. Para la presidenta de la CEL, Beatriz Salazar “este dato sitúa a la isla como un referente en emprendeduría femenina dentro del archipiélago”. El informe revela que el sector servicios concentra la mayoría del trabajo por cuenta propia femenino, con un 93,6% de presencia, frente al 91,6% en el conjunto de Canarias. Entre las actividades donde las mujeres autónomas destacan se encuentran: sanidad y educación (59%), industria textil, confección y calzado (60%), investigación y desarrollo (67%), servicios sociales (90%) y suministro de agua y gestión de residuos (100%). No obstante, la mayor parte del empleo femenino por cuenta propia se concentra en comercio (21%), hostelería (16%) y otros servicios (12%), sumando entre las tres la mitad de todas las afiliaciones al RETA en la isla. Beatriz Salazar subraya que “aunque los datos son positivos, debemos continuar apoyando a las emprendedoras a través de herramientas muy eficaces como la formación, el asesoramiento y el acceso a financiación, garantizando que su actividad genere empleo estable y sostenible”. Gracias a iniciativas como Empleabilidad Lanzarote 2025/2026 y el Servicio de Asesoramiento Empresarial (SAE), la CEL ofrece acompañamiento tanto presencial como digital, consolidando oportunidades reales de empleo, crecimiento económico sostenible y bienestar social en la isla. “Lanzarote cuenta con un tejido empresarial sólido y dinámico, y es fundamental que el crecimiento económico llegue a todos los sectores, consolidando empleo de calidad y fomentando el talento local”, destaca Salazar. Por último, la presidenta incide en que la CEL sigue siendo un aliado muy importante para pymes, emprendedores y autónomos que deseen poner en marcha su negocio en la isla, “por lo que pueden contar con nosotros para asesorarlos y apoyar su puesta en marcha y crecimiento con todas las herramientas que disponemos para ello”.
Por SAE Lanzarote 11 de marzo de 2026
La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote, Beatriz Salazar, detalla que el empleo por cuenta propia representa el 18,7% en Lanzarote, frente al 16% del conjunto del archipiélago 
Por SAE Lanzarote 6 de marzo de 2026
- El presente extracto es sólo a título informativo y carece de validez legal - Finalidad Fomento y consolidación del empleo autónomo en la CCAA de Canarias para personas trabajadoras por cuenta propia. Concesión Concurrencia NO competitiva. La concesión será por orden de entrada y documentación correcta. Beneficiarios Personas trabajadoras por cuenta propia (autónomo/as). Requisitos Haber disfrutado de tarifa plana en los doce primeros meses a contar desde en el régimen por cuenta propia. Haber disfrutado de tarifa plana en virtud de sus rendimientos económicos entre los meses 13 y 24 desde su alta. Realizar una actividad económica y tener domicilio fiscal en Canarias. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, Hacienda Canaria y Seguridad Social. Cuantía La cuota de autónoma/o pagada durante el periodo subvencionable (12 meses). Plazo para solicitarla Supuestos: Si cumples los doce primeros meses de tarifa plana entre el 7 de marzo y el 30 de septiembre de 2026, deberás presentar la solicitud en los dos meses siguientes. Si cumpliste los doce primeros meses de tarifa plana entre el 1 de enero y el 6 de marzo de 2026, deberás presentar la solicitud antes del 7 de mayo de 2026, Si cumpliste los doce meses entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025, deberás presentar la solicitud antes del 7 de abril de 2026. Si te denegaron la subvención en 2025 por falta de fondos disponibles, podrás presentar la solicitud antes del 7 de abril de 2026. Los mismos plazos se aplican para los supuestos de prorroga (doce meses mas) de la tarifa plana por rendimientos económicos. En todo caso, el plazo de presentación finaliza el 15 de octubre de 2026 Solicitudes Se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria. Trámite: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/10808 Notificaciones y requerimientos a través del tablón de anuncios del Gobierno de Canarias. Documentación Informe de bases y cuotas de la Seguridad Social de los doce meses completos. Aclaraciones: Se deberán justificar doce meses completos de cuotas pagadas. Si en el informe de bases y cuotas no aparecen los dos últimos meses pagados, se deberá aportar justificante bancario de pago de ambos meses.
Por SAE Lanzarote 6 de marzo de 2026
Dirigido a pequeñas y medianas empresas con establecimiento permanente y desarrollen un proyecto empresarial en la Comunidad Autónoma de Canarias
Por SAE Lanzarote 4 de marzo de 2026
Lista de subvenciones
Por SEA Lanzarote 26 de febrero de 2026
Proyecto de la Confederación Empresarial de Lanzarote subvencionado por la Consejería de Empleo del Cabildo Insular de Lanzarote, con la financiación del Fondo de Desarrollo FDCAN del Gobierno de Canarias.