BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DEL PROGRAMA “FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN”.

SAE Lanzarote • 14 de febrero de 2020
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Fomentar la incorporación y permanencia de trabajadores desempleados en el mercado de trabajo en contrataciones indefinidas realizadas por empresas de Lanzarote.

DOCUMENTO MERAMENTE INFORMATIVO, SIN VÁLIDEZ LEGAL. (SON LAS BASES, DE
MOMENTO NO HA SALIDO LA CONVOCATORIA)

OBJETO Y FINALIDAD
Fomentar la incorporación y permanencia de trabajadores desempleados en el mercado de trabajo.
Serán subvencionables los costes salariales imputables a la empresa, que se deriven de contrataciones
indefinidas realizadas por empresas de Lanzarote y que cumpla con alguna de las siguientes
características:
1. Contrato indefinido a jornada parcial o completa suscrito con personas desempleadas e inscritas en
    el Servicio Canario de Empleo.
2. Transformación de contratos temporales en contratos indefinidos a jornada parcial o completa.
En el caso de contratos a jornada parcial, la jornada no podrá ser inferior al 50% de la jornada completa
establecida en la empresa.

Las subvenciones previstas en estas bases serán compatibles con la percepción de otras subvenciones,
ayudas o ingresos.

BENEFICIARIOS:
1. Los trabajadores autónomos
2. Las empresas que tengan la consideración de microempresas y pequeñas empresas.

REQUISITOS:
• Haber iniciado su actividad empresarial antes de la presentación de la solicitud.
• Tener domicilio o sede social en Lanzarote.
• Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de estar al
corriente de las obligaciones con el Cabildo.
• No estar incurso en un expediente de regulación de empleo.
• No haber realizado extinciones de trabajo por causas disciplinarias u objetivas en los últimos
doce meses.
• No haber sido sancionado en firme con motivo de infracciones graves o muy graves en la Ley General de Subvenciones.

RÉGIMEN Y CONVOCATORIA:
La concesión de subvenciones se hará en régimen de concurrencia competitiva.
La convocatoria de la subvenciones será aprobada por el Cabildo de Lanzarote y publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia.

EXCLUSIONES DE LA SUBVENCIÓN
A. Las Administraciones Públicas, las entidades de derecho público, los organismos autónomos o entidades y sociedades dependientes a cualquier actividad pública o privada.
B. Las Asociaciones, Fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.
C. Las empresas de trabajo temporal.
D. Las empresas que hayan sido sancionadas.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
• Cumplir el objetivo y finalidad de la subvención.
• Mantener la contratación subvencionada y el alta en la Seguridad Social DOCE MESES.
• Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión.
• Someterse a las actuaciones de seguimiento y control.
• Comunicar al Cabildo la obtención de otras ayudas.
• Presentar la documentación requerida en las presentes bases.
• Conservar todos los documentos justificativos.
• Si hay baja anticipada del trabajador/a, éste deberá ser sustituido en el plazo de UN MES.
• Mantener la plantilla existente en la empresa.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS A CONTRATAR
• Residir en Lanzarote, con una antigüedad de 6 MESES.
• Estar desempleado e inscrito en la Oficina de Empleo de Arrecife.
• No ser cónyuge y demás parentesco por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado.
• No ostentar cargos de dirección en sociedades mercantiles.

SOLICITUDES, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN.
1. El plazo para la presentación de solicitudes de subvención será de UN MES, a partir de la
publicación de la convocatoria en el BOP Las Palmas.
2. Las presentes bases, el modelo de solicitud y los anexos se encuentran en la web institucional del
Cabildo de Lanzarote.

MEDIO DE NOTIFICACIÓN
La notificación de la resolución se publicará en el Tablón de anuncios de la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote.

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
1. Relación clasificada de los gastos subvencionables.
2. Memoria de actuación justificativa.
3. Informe de vida laboral.
4. Fotografías en las que se aprecie la colocación del cartel que publicita la subvención.
5. En su caso, justificante de reintegro del importe no justificado.

REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES
A. Incurrir en cualquiera de las causas establecidas en el art. 37.1 de LGS.
B. Haber sido condenado por infracción de la normativa laboral.
C. Incumplimiento del periodo mínimo de DOCE MESES de permanencia que se exige.
D. Por justificación económica insuficiente.
E. La no sustitución del trabajador en caso de baja.
F. No comunicar la obtención de otras ayudas.

SUBVENCIONES
Las presentes bases están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y estarán
disponibles en la web institucional.
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La Consejería de Turismo y Empleo, a través del Servicio Canario de Empleo, ha publicado en el BOC nº 60, con fecha de 26 de marzo de 2025, la convocatoria de subvenciones para la promoción del empleo autónomo 2025 Le ofrecemos un resumen con los aspectos más relevantes de la subvención pero le recomendamos leer detenidamente las bases reguladoras , con el fin de valorar todos los detalles. El objetivo de estas subvenciones, del Servicio Canario de Empleo, es facilitar a las personas desempleadas demandantes de empleo su constitución como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia. ¿Quién se puede beneficiar de estas subvenciones? Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en este programa las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo u otros servicios, no ocupadas, en el SCE, cuando se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante RETA), en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar por Cuenta Propia o Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional. La cuantía de la subvención , hasta un máximo de 6.500,00 euros, se graduará en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: 1º Hombres desempleados en general 4.000,00 2º Hombre de 30 o menos años 4.500,00 3º Hombre con discapacidad 5.000,00 4º Hombre de 45 o más años 4.500,00 5º Mujeres desempleadas en general 5.000,00 6º Mujer de 30 o menos años 5.500,00 7º Mujer con discapacidad 6.000,00 8º Mujer de 45 o más años 5.500,00 Estas subvenciones son compatibles entre si y con el pago único. En este enlace, toda la información sobre el pago único y sobre cómo solicitarlo: https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-y-autonomos/capitaliza-tu-prestacion.html - - - Extracto de la Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Presidenta, por la que se efectúa para el año 2025 la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas mediante Orden de 27 de enero de 2025. ORDEN de 27 de enero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo, en régimen de concurrencia no competitiva.
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Nuestro equipo, encargado de asesorar a las empresas de Lanzarote y La Graciosa, ha creado una guía para personas trabajadoras autónomas con las claves del año 2025. En la guía encontrarás toda la información organizada en varios apartados: Cuota: tarifa plana Prestaciones Impuestos en Canarias IGIC IRPF Ayudas y subvenciones Puedes descargar la guía en formato PDF Recuerda que este documento es sólo informativo y carece de validez legal
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La Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL) ha anunciado que ya se encuentra en una fase muy avanzada el borrador con el Cabildo, que permitirá agilizar la concesión de visados y permisos para el sector de la construcción de la isla, con el objetivo de desbloquear proyectos de vivienda esenciales para atender la creciente demanda habitacional Su presidenta, Beatriz Salazar ha hecho esta afirmación tras una reunión en la sede de la Corporación insular, en la que ha participado el presidente del Cabildo, Oswaldo Bethencourt; la presidenta de la CEL, Beatriz Salazar; el consejero de Presidencia, Miguel Ángel Jiménez; el abogado urbanista de la CEL, Jesús Villodre, el decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Lanzarote, Aberto Lasso, junto al técnico de la Confederación Vicente Stinga. Se espera tener una última reunión en las primeras semanas del mes de abril, en la que se consensuarán definitivamente las bases del acuerdo y sus diferentes aplicaciones, que cristalizará en el modelo de colaboración público-privada que defiende la CEL. Beatriz Salazar explica que “la solución propuesta consiste en la firma de un acuerdo que permita encomendar la tramitación de estos visados, reduciéndose los tiempos”. "Lanzarote necesita procesos más ágiles y eficientes que permitan responder con rapidez a la demanda de vivienda", confirma. La presidenta alerta de que los retrasos en la concesión de permisos y visados hace que cuando estos son concedidos ya se hayan encarecido los costes de producción, además de ralentizar la creación de empleo en la construcción. “Nuestra propuesta facilita una revisión técnica más ágil, manteniendo todas las garantías legales y de seguridad”, afirma Beatriz Salazar. "Es fundamental que las administraciones y los colegios profesionales trabajen de la mano para garantizar el derecho a la vivienda y fomentar el empleo en el sector", finalizó. Esta iniciativa va en la línea de la estrategia que ha iniciado el Gobierno de Canarias, al llevar a cabo la tramitación de un decreto ley de simplificación administrativa con el objetivo de reducir los plazos de la tramitación de las licencias de obras. Se espera que se apruebe en las próximas sesiones del Parlamento de Canarias.
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La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL), Beatriz Salazar, ha pedido este lunes que el Gobierno de España y a los sindicatos reconsideren establecer un diálogo social con todos los agentes implicados en el mercado de trabajo para contemplar la adaptación de la reducción de la jornada laboral en función de las características de cada sector económico y cada territorio, “porque de lo contrario puede producirse la destrucción de empleo en la isla y en Canarias”. Salazar asegura que esta disminución “debe atender a las particularidades de cada una de las ramas de actividad”. Además, recordó que más del 95% de las empresas del archipiélago son autónomos y pymes y micropymes, con un número reducido de trabajadores. “Por ello, es necesario un estudio y análisis del contexto económico y territorial, ya que esta medida impactará especialmente al sector de la hostelería, el comercio y el turismo”, señaló. No obstante, incidió en formular medidas de apoyo para evitar generar “más pérdidas que beneficios” en las empresas de Canarias. Para Salazar, “ya existen otros factores que generan sobrecostes sobre nuestras empresas, derivados de su condición de ultraperificidad y fragmentación del territorio”, como es el caso del transporte, la importación de las materias primas, subida de la electricidad, subida de los alquileres o la dificultad para encontrar personal cualificado. En esta línea argumentó que la falta de perfiles profesionales adecuados y el absentismo laboral que ronda el 20% son dos de los factores que están haciendo que Canarias esté a la cola de la productividad de Europa. “En concreto, los niveles de absentismo se han duplicado en comparación con 2019”, afirmó Beatriz Salazar. Añadió que “la reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales obligará a parte de las pequeñas empresas canarias a cerrar, ya que tendrán grandes dificultades para poder asumir el incremento del coste de funcionamiento”, sostuvo. En esta línea, Beatriz Salazar aseguró que la situación es preocupante, pues “pone en riesgo la estabilidad de los negocios y la creación de nuevas empresas y puestos de trabajo". También debemos mencionar las dificultades a la hora de encontrar personal cualificado, por lo que entre todos debemos poner sobre la mesa un cambio atendiendo a los empresarios canarios”, matizó. “En el mejor de los escenarios serán los autónomos los que tengan que asumir la prestación de servicios de las empresas afectadas; en el peor se producirá cierre de negocios y destrucción de empleo en las pequeñas y medianas empresas”, confirmó, ya que estas son las más frágiles y las que conforman la mayor parte de nuestro tejido empresarial. Además, Beatriz Salazar apuntó a la necesidad de que se establezca un sistema de bonificación y ayudas a los agricultores. En resumen, “si no se gestiona esta situación de forma coherente podrían verse afectadas muchas pymes y micropymes en el Archipiélago, ya que son las que tienen mayores limitaciones a la hora de contratar a más personal”, sentenció.
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Como cada año, durante el mes de enero el empresariado debe rendir cuentas ante Hacienda
Por SAE Lanzarote 27 de diciembre de 2024
El Gobierno de Canarias ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº187 , de 23 de septiembre 2024, el calendario laboral para el año 2025. Este es el calendario laboral de los días que tendrán durante el año 2025 la consideración de días inhábiles a efectos laborales en la Comunidad Autónoma de Canarias, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y, asimismo, los siguientes días festivos: 1 enero, Año Nuevo 6 enero, Epifanía del Señor 17 abril, Jueves Santo 18 abril, Viernes Santo 1 mayo, Fiesta del Trabajo 30 de mayo, Día de Canarias 15 agosto, Asunción de la Virgen 1 noviembre, Todos los Santos 6 diciembre, Día de la Constitución 8 diciembre, Inmaculada Concepción 25 diciembre, Natividad del Señor En cada una de la islas, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de Los Volcanes. El Hierro: el 5 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de Los Reyes. Fuerteventura: el 19 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña. Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino. La Gomera: el 6 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe. La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves. Tenerife: el 3 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria. Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables en el año 2025, hasta dos días con carácter de fiesta local que por tradición sean propias en cada municipio, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 238 , de 28 de noviembre 2024. Arrecife 4 marzo - Martes de Carnaval 24 agosto - San Ginés Haría 4 marzo - Martes de Carnaval 24 junio - San Juan San Bartolomé 4 marzo - Martes de Carnaval 25 agosto - San Ginés Teguise 16 julio - Nuestra Señora del Carmen 5 agosto - Nuestra Señora de las Nieves Tías 4 marzo - Martes de Carnaval 24 junio - San Juan Tinajo 4 marzo - Martes de Carnaval 16 agosto - San Roque Yaiza 7 julio - San Marcial de Rubicón 8 septiembre - Nuestra Señora de Los Remedios Domingos y festivos en Lanzarote - apertura de comercios Los 10 domingos y festivos en los que podrán permanecer abiertos al público los comercios en Lanzarote en el año 2025, según lo publicado en el Boletín Oficial de Canaria nº244 , de 9 de diciembre de 2024, son los siguientes: 5 de enero, 17 de abril, 15 de agosto, 15 de septiembre, 1 de noviembre, 6, 8, 14, 21 y 28 de diciembre de 2025. Cada comerciante determinará libremente el horario correspondiente a cada domingo o día festivo en que ejerza su actividad. Descargar en PDF el Calendario Laboral 2025 Lanzarote y La Graciosa Es posible que también te interese consultar el Boletín Oficial del Estado nº 252 , de 18 de octubre de 2024, con la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025 .
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