
Como apoyo a la prestación extraordinaria por cese de actividad, la Fundación Universia ofrece una ayuda de 1.000€ a 90 trabajadores autónomos con certificado de discapacidad y/o a trabajadores autónomos cuya actividad aporte soluciones para las personas con discapacidad, que en ambos casos hayan sido afectadas total o parcialmente por el impacto que ha generado en su negocio el COVID-19. Los beneficiarios serán: Autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%. Autónomos que, sin ser discapacitados, desarrollen actividades en favor de los discapacitados. Los requisito s son: Alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) Tener una discapacidad igual o superior al 33%, o sin ser discapacitado, desarrollar una actividad en favor de los discapacitados. Estar afectado en su actividad por el Covid19 y ser beneficiario de la ayuda extraordinaria por cese de actividad por Covid19. La cuantía de la ayuda es de 1.000 € para cada autónomo, en un solo pago. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día 23 de junio de 2020 a las 17:00 horas (hora peninsular) y el resultado se conocerá antes del 31 de julio de 2020. Ademas la Fundación Universia creará un ecosistema de apoyo a los solicitantes con la finalidad de crear una red que permita visibilizar las distintas actividades económicas. Las solicitudes se realizan a través de la web de la Fundación Universia Autónomos con discapacidad Autónomos para la discapacidad Consulta todos los detalles sobre esta ayuda . Bases legales de la convocatoria. Puedes obtener más información sobre el programa: info.fundacion@universia.net

Con objeto de acelerar el reconocimiento de las solicitudes colectivas que están presentando las empresas con la relación de trabajadores afectados por expedientes de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor, o por causa económica, técnica, organizativa y de producción, inicialmente solo se han tenido en cuenta los hijos e hijas a cargo, de los que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tenía información en su sistema. Una vez que tengamos reconocidas las prestaciones de todas las personas afectadas por ERTE, el SEPE regularizará de oficio el aumento de las cantidades a quienes tengan derecho y no se disponga del dato de hijos e hijas a cargo, sin que las personas afectadas tengan que realizar reclamación alguna. Documento oficial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en PDF

La finalidad es cubrir el 30% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de dichos trabajadores o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, al objeto de completar el 100% de la prestación. Esta ayuda se tramitará mediante una solicitud que deberá presentar el autónomo cuando se convoque por el Gobierno de Canarias, para lo cual se creará el oportuno procedimiento. La medida queda recogida en el artículo número 3 del Decreto Ley 4/2020, publicado en BOC nº 67 del viernes 3 de abril de 2020: Medidas para el sostenimiento del empleo y apoyo social. Descargar el Decreto Ley 4/2020

Concepto de deudor vulnerable : A los efectos de las moratorias por el estado de alarma, es deudor vulnerable: 1.- El deudor hipotecario o deudor de un crédito sin garantía hipotecaria. 2.- Estar desempleado o empresario que sufra una caída de facturación de al menos del 40%. 3.- La unidad familiar no alcance en el mes anterior a la moratoria los siguientes limites: ( se incrementan en 0,1 veces por cada hijo o persona mayor de 65 años) 3.1) Limite 3 veces el IPREM general. En 2020 el IPREM es 537,84€. Este límite se incrementa en uno o dos puntos si uno de sus miembros sufre algún tipo de discapacidad. 4.- La cuota hipotecaria más los gastos suministros básicos (agua, luz, teléfono fijo y móvil, comunidad de vecinos) representan el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar. 5.- A consecuencia de la emergencia sanitaria, el esfuerzo de las suma de las cuotas hipotecarias de los bienes inmuebles sobre la renta de la unidad familiar se haya multiplicado al menos por 1.3. Especialidades : a) Si el deudor tiene una deuda hipotecaria, para el cálculo de los límites del 35% y del múltiplo de 1.3; no se computa la aplicación de la moratoria hipotecaria. Entre los gastos corrientes se computa la cuota hipotecaria. b) Si el deudor no tiene deuda hipotecaria, pero es arrendatario de vvda habitual o tiene cualquier tipo de financiación sin garantía hipotecaria, se sustituirá el importe de la cuota hipotecaria por la suma de dichos importes, incluyendo la renta por alquiler. 6.- La persona deudora y cualquiera de sus miembros no sean propietarios ni arrendatarios de una vivienda en España. Salvo situaciones de herencia o divorcio. Deudas de la moratoria 1.) Las deudas hipotecaria a la que se aplica la moratoria son Deuda hipotecaria de la vivienda habitual. Inmuebles afectos a la actividad empresarial. Vvdas no habituales en alquiler en las que el propietario ha dejado de percibir la renta durante el estado de alarma. 2.) Deuda no hipotecaria es la correspondiente a préstamos y créditos no hipotecarios. Características de la moratoria : Cualquier deudor, hipotecario o no, vulnerable puede solicitar la suspensión temporal de sus obligaciones contractuales derivadas del préstamo o crédito vigente al día 01.04.2020. La solicitud podrá realizarse hasta un mes después del estado de alarma. Condiciones de la moratoria : 1.- La moratoria no requerirá acuerdo entre partes, y surtirá efectos desde la solicitud del deudor al acreedor acompañada de la preceptiva documentación. 2.- La suspensión tendrá una duración de tres meses ampliables por acuerdo del Consejo de Ministros. 3.- Durante la suspensión la entidad acreedora no podrá cobrar cuota, ni intereses de ningun tipo, y el vencimiento se extenderá automáticamente por todo el periodo de suspensión. Se establece un régimen de responsabilidad y sanciones para el caso de que se faciliten datos inexactos o falsos.

La disposición final primera del 1 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, ha introducido un nuevo apartado 8 al art. 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y en él se establece que el plazo para presentar las solicitudes de reconocimiento de la prestación CATA.COVID-19 será el último días del mes siguiente al que se produjera la finalización del estado de alarma. En las circunstancias actuales, esto supondría que podrán presentarse solicitudes de prestaciones CATA.COVID-19 hasta el 31 de mayo de 2020 , siempre que el estado de alarma finalice, como está programado, el 26 de abril de 2020.

EXTRACTO RESUMEN MERAMENTE INFORMATIVO, SIN VALIDEZ LEGAL Suspensión del pago de factura de electricidad : Mientras dure el estado de alarma, los autónomos podrán solicitar la suspensión de las facturas (incluyendo todos los conceptos) que corresponden a periodos de facturación que contengan días integrados en el periodo del estado de alarma. Los pagos suspendidos se integraran a partes iguales en las facturas que integren los seis meses posteriores al estado de alarma. Medidas para autónomos : Mientras dure el estado de alarma, los autónomos podrán solicitar: Suspender temporalmente o modificar sus contratos de suministro para mejorar las condiciones. SIN coste alguno. Cambiar la potencia. Pasados tres meses del estado de alarma, los autónomos podrán solicitar la reactivación del contrato de suministro. Deberá hacerse efectivo en 5 días y sin coste alguno. Tramitación : Ante la empresa comercializadora o suministradora de energía eléctrica o gas. Estas y otras medidas de protección frente al estado de alerta, quedan recogidas en el Real Decreto Ley 11/2020 de 31 de Marzo 2020 y publicadas en el BOE del 1 de Abril de 2020 - Artículo nº42. Flexibilización de los contratos de suministro de electricidad para autónomos y empresas.
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La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote (CEL), Beatriz Salazar, se reunió hoy con representantes de las asociaciones de comerciantes más representativas de la isla, con el objetivo de impulsar la creación de una plataforma a través de la cual afrontar los desafíos a los que se enfrenta el pequeño y mediano comercio local. También participaron en el encuentro el vicepresidente de la CEL, Francisco Martínez, así como representantes de las principales asociaciones de comercio de Lanzarote. Beatriz Salazar contextualizó la importancia de esta iniciativa en el hecho de que “se ha detectado con preocupación un descenso progresivo en el número de empresas y autónomos vinculados al comercio, una tendencia que obedece a factores estructurales y que exige una respuesta coordinada e inmediata”. “Nuestro objetivo es propiciar un espacio de conexión entre asociaciones del sector, fomentar sinergias y poner en marcha fórmulas de cooperación que permitan afrontar los retos actuales y evitar que más empresas desaparezcan del tejido empresarial de la isla”, dijo y añadió que es esencial “pasar a la acción ante una realidad que compromete el tejido comercial de la isla y, con ello, el empleo, el bienestar y la actividad económica general”. La presidenta destacó que entre los desafíos identificados se encuentran la necesidad urgente de impulsar la innovación empresarial, avanzar en la digitalización, y hacer frente a una competencia creciente, tanto online como presencial, que en muchos casos ofrece productos a muy bajo coste y en condiciones que dificultan la competitividad del comercio local.

Llega el momento de rendir cuentas del segundo trimestre del año 2025 ante Hacienda así que te dejamos este resumen a modo de recordatorio fiscal resaltando las diferentes fechas límite para la presentación o liquidación, según el modelo. Autoliquidación del pago fraccionado (IRPF) Pago trimestral correspondiente al 2º trimestre de 2025 (hasta el 21 de julio 2025) Modelo 130 - en régimen de estimación simplificada Modelo 131 - en régimen de estimación objetiva Retenciones practicadas (hasta el 21 de julio 2025) Modelo 111 - autónomos y pymes Modelo 115 - por alquiler oficinas y locales Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) (hasta el 21 de julio 2025) Modelo 420 - régimen general Modelo 421 - régimen simplificado o módulos Ten en cuenta que el plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria es ligeramente distinto y finaliza antes de las fechas indicadas. Este Servicio de Asesoramiento Empresarial gratuito, es posible gracias a la colaboración y financiación del Cabildo de Lanzarote, a través del Área de Empleo

La presidenta de la Confederación Empresarial de Lanzarote, Beatriz Salazar, explicó que, a día de hoy, que se ha logrado regularizar el 50% de las iniciativas recibidas a través del buzón de denuncias del Plan contra la Economía Sumergida, puesto en marcha gracias al apoyo del Cabildo insular. Destacó que se han canalizado hasta el momento 16 de las 32 iniciativas realizadas a través de este buzón anónimo, gracias al trabajo de acompañamiento y asesoramiento prestado desde este servicio. Este logro forma parte del Plan de Actuación contra la Economía Sumergida, una iniciativa pionera que tiene como objetivo sensibilizar, asesorar y ayudar a todas aquellas personas y empresas que desarrollan su actividad al margen de la legalidad, ofreciéndoles orientación y apoyo para aflorar y adaptarse a la normativa vigente. Estas cifras consolidan al proyecto como una herramienta útil y cercana, permitiendo canalizar de forma eficaz situaciones irregulares y convertirlas en oportunidades de mejora y formalización para el tejido productivo insular. Todos los servicios del Punto de Asesoramiento a la Legalización se ofrecen de forma completamente gratuita, con un enfoque centrado en la colaboración, la responsabilidad compartida y el impulso de una economía más transparente, justa y competitiva. Desde la CEL se insiste en que la economía sumergida no solo genera competencia desleal, sino que debilita la capacidad recaudatoria de las administraciones públicas y pone en riesgo la seguridad y los derechos tanto de consumidores como de trabajadores. Además, se alerta de que casi un tercio de la actividad económica en Canarias se desarrolla actualmente fuera del control administrativo, lo que hace aún más urgente seguir trabajando en este tipo de actuaciones. La posibilidad de comunicar irregularidades a través del portal web ha permitido visibilizar muchas situaciones ocultas y poner en marcha un proceso de legalización ágil y eficaz. Desde la CEL se anima a seguir utilizando este canal de forma responsable, contribuyendo entre todos a construir una economía más sólida y equitativa en la isla de Lanzarote.